CANCÚN.- Un juez federal con sede en esta ciudad determinó sobreseer los juicios de amparo 1895/2017 y 1897/2017, solicitados por el ex gobernador de Quintana Roo, Roberto Borge Angulo, tras comprobarse la falsedad de sus firmas en dichos documentos. Además, se abrirían carpetas de investigación en contra de su defensa, informó la fiscal anticorrupción, Rosaura Villanueva Arzápalo.
Personal de la fiscalía anticorrupción acudió a los juzgados de distrito a revisión de juicios de amparos, en donde se dieron por notificados, explicó.
El juez federal dio instrucciones a la Fiscalía Especializada para llamar a comparecer al ex gobernador en las carpetas de investigación que tiene pendientes en Quintana Roo, informó.
En consecuencia, se formularán las imputaciones correspondientes, continuarán con la secuela del procedimiento hasta lograr una sentencia condenatoria y repare el daño ocasionado al patrimonio de los ciudadanos de este estado.
Con esta determinación, la Fiscalía Anticorrupción tiene la posibilidad de abrir investigaciones en contra de los abogados del ex gobernador por faltar a la autoridad, es decir, que mintieron al órgano federal, lo cual se logró comprobar a través de procedimientos periciales, explicó Villanueva Arzápalo.
En la audiencia celebrada en el Juzgado Quinto de Distrito en el Estado, se declararon fundados los respectivos incidentes de objeción por falsedad de documento, promovidos por la Fiscalía General del Estado (FGE) con apoyo de peritos en grafoscopia.
De acuerdo con la determinación del juez, la firma que calza en la demanda de amparo no fue puesta por el quejoso Roberto “N”, aunque el nombre del mismo aparece en el escrito inicial, así como en el apartado respectivo, la firma o rúbrica que aparece al calce de la solicitud no correspondió a su puño y letra.
El juez de distrito estimó fundado el incidente de objeción de dicho documento, efectuado en tiempo y forma por la Fiscalía Anticorrupción, por lo que no existió motivo de manifestación de voluntad y aceptación con el contenido de dicho escrito.
El órgano federal advirtió que como el amparo no fue firmado directamente por el quejoso, se validó en la audiencia que no existió el cumplimiento con el principio de instancia de parte agraviada, debido a que no se encuentra plasmada la voluntad (del quejoso) en la promoción del procedimiento . (Agencias)