PLAYA DEL CARMEN.- La diputada local Lili Campos Miranda incurrió en un acto anticipado de campaña, por lo que el Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo) deberá determinar la sanción que le aplicará, en un plazo de cinco días.
Tal fue la determinación hoy de la Sala Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), que revocó la sentencia de su homólogo estatal, al haber desechado la queja interpuesta contra la futura candidata a la presidencia municipal de Solidaridad.
Lili Campos, en un momento de incertidumbre sobre si sería ella o Cristina Torres la evantual candidata de Acción Nacional, subió un video en su cuenta de Facebook en donde afirmaba su intención de contender por la presidencia municipal, lo que derivó en una queja en su contra.
A pesar de este llamado explícita, el Teqroo, basado en un proyecto del magistrado Sergio Avilés, declaró como inexistentes estas conductas de comisión de actos anticipados de campaña.
Al revisar el expediente hoy, con número 74/2021, los magistrados de la Sala Xalapa consideraron que “al contrario a lo indicado por el Teqroo, sí se acreditó el elemento subjetivo para considerar la existencia de actos anticipados de campaña, ya que en el video difundido en su cuenta de la red social Facebook, motivo de la denuncia, la diputada hizo pública su aspiración para contender por la presidencia municipal de Solidaridad; esto, dentro del proceso electoral ordinario local en curso y previo a la etapa de campañas electorales”, según se lee en su comunicado.
“En consecuencia, se le ordenó al Teqroo que, en un plazo de 5 días, realice la individualización de la sanción que al efecto corresponda por la señalada conducta infractora”.
En la sesión de hoy, realizada de manera virtual, se atendieron 29 impugnaciones, 20 juicios ciudadanos federales, cinco juicios electorales y cuatro juicios de revisión constitucional electoral.