CDMX.- La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) publicó este martes en el Diario Oficial de la Federación (DOF) un acuerdo que declara el inicio de emergencia por “ocurrencia de sequía severa, extrema o excepcional en cuencas para el año 2022” para 26 cuencas del país a fin de garantizar el acceso y abasto.
El acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación resalta que hay 26 cuencas afectadas desde anormalmente seco a sequía severa y sequía excepcional.
Entre ellas resaltan las cuencas de:
- Baja California
- Baja California Sur
- Alto Noroeste
- Ríos Yaqui y Mátape
- Río Mayo
- Ríos Fuerte y Sinaloa
- Ríos Mocorito al Quelite
- Ríos Presidio al San Pedro
- Costa de Guerrero
- Costa de Oaxaca
- Río Bravo
- Río Balsas
- Nazas-Aguanaval
- Del Altiplano
- Lerma-Chapala
- Río Santiago
- Costa Pacífico Centro
- Ríos San Fernando-Soto la Marina
- Río Pánuco
- Ríos Tuxpan al Jamapa
- Río Papaloapan
- Río Coatzacoalcos
- Costa de Chiapas
- Ríos Grijalva y Usumacinta
- Península de Yucatán
- Valle de México
Asimismo, con base en la Monitor de la Sequía en México, al 30 de junio de 2022, 67.65% del país está afectado por la sequía.
Conagua resaltó que ante esta situación esta ente sus atribuciones legales tomar las medidas necesarias, normalmente de carácter transitorio, para garantizar el abastecimiento de los usos doméstico y público urbano en situaciones de emergencia, escasez extrema o sobreexplotación.
Así, Conagua resalta que con base en los resultados de los análisis y dictámenes realizados a través del Monitor de Sequía de México que forma parte del North American Drought Monitor, se emite el presente que tendrá carácter general.
Lo anterior, en virtud de que a la fecha se ha determinado en diversas cuencas del país, la condición de sequía natural en sus modalidades de severa, extrema o excepcional.
Explica que a fin de contribuir con las acciones de mitigación de los efectos de la sequía, los titulares de concesiones para la explotación, uso o aprovechamiento de aguas nacionales, además de implementar las medidas preventivas y de mitigación de la sequía, previstas en el Programa del Consejo de Cuenca que les corresponda, podrán principalmente de los usos industrial y agrícola y cuando haya baja disponibilidad en las fuentes de abastecimiento de agua potable:
- a) Dar aviso a la Autoridad del Agua, para proporcionar a terceros en forma provisional el uso total o parcial de las aguas concesionadas.
- b) Ceder o transmitir temporalmente a la Autoridad del Agua, sus derechos y solicitar la interrupción de la caducidad de los volúmenes concesionados que no utilicen, en tanto subsiste la emergencia, de conformidad con lo previsto en la Ley de Aguas Nacionales.
- c) Para el caso anterior y tratándose de los usos industriales y agrícolas, la Autoridad del Agua, verificará que los volúmenes que se transfieran o cedan temporalmente, se entreguen directamente a la red de distribución en coordinación con el organismo operador, en tanto subsista la emergencia. En el caso de otros usos, se analizará también la conveniencia de una conexión directa a la red.
La Comisión Nacional del Agua exhorta a los usuarios de las aguas nacionales de los municipios que presenten alguna condición de sequía a implementar las medidas preventivas y de mitigación.
Dicho acuerdo entrará en vigor el miércoles 13 de julio, un día después de su publicación.