CDMX.- El nombre de Golfo de México no es la imposición de una fuente gubernamental única, “como erróneamente sugiere Google”, afirma el gobierno mexicano en la carta que envió a la empresa ante la medida que busca imponer el presidente de Estados Unidos, Donald Trump, de cambiar a Golfo de América, además de que únicamente se podrían considerar 12 millas náuticas.
“¿En qué parte somos completamente soberanos?, en aquella que establece 12 millas náuticas a partir de las líneas de costa”, dijo la presidenta Claudia Sheinbaum, quien insistió en tomar en cuenta también en colocar el mapa cuando se busque “América Mexicana”.
En el documento que leyó esta mañana, Sheinbaum Pardo dijo que esas cuestiones aplican para todos los países. “Si un país quiere cambiar la denominación de algo en el mar, solamente sería para las 22 millas náuticas (sic.), no puede ser para el resto —en este caso— del Golfo de México”.
También insistirán en que “en el buscador, cuando se ponga ‘América Mexicana’, aparezca el mapa que presentamos en alguna ocasión”.
La mandataria mexicana argumentó que la denominación de la zona geográfica conocida como Golfo de México tiene un origen histórico ampliamente documentado.
“No obedece a una imposición de una fuente gubernamental única, como erróneamente sugiere Google, sino que es una denominación aceptada y registrada históricamente, lo cual además de constituir una costumbre internacional, se encuentra registrado legalmente en los Índices de la Organización Hidrográfica Internacional, de la que tanto México como Estados Unidos somos parte. Además, esta denominación es respaldada por 12 tratados bilaterales”, destacó.
La orden ejecutiva de Trump tiene efectos exclusivamente dentro de su país, por lo que sería en una fracción del Golfo de México, “concretamente lo que respecta a la plataforma continental de los Estados Unidos”.
“Cabe mencionar que el régimen internacional de las zonas marinas se encuentra establecida en la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, adoptada en la Ciudad de Montego Bay, Jamaica, el día 10 de diciembre de 1982, misma que entró en vigor a nivel internacional el 16 de noviembre de 1994´, etcétera. En este sentido —esto es lo importante—, dicha Convención establece que existen zonas marinas que se encuentran bajo la soberanía plena de los estados —solamente una parte de la zona Marina—, las cuales son las aguas interiores y mar territorial, el cual se extiende hasta un máximo de doce millas náuticas a partir de las líneas de costa´”.