MÉXICO.- El exgobernador de Quintana Roo, Roberto Borge Angulo, podría ser acusado de delincuencia organizada luego de que el Ministerio de Relaciones Exteriores de Panamá autorizó la excepción al principio de especialidad que, de quedar firme, permitirá al gobierno mexicano imputarle dicho el delito adicional a los otros cuatro ilícitos por los cuales fue concedida su extradición en diciembre de 2017.
De acuerdo con el principio de especialidad reconocido por el Derecho Internacional y plasmado en el Tratado de Extradición entre ambos países desde 2004, México solo puede juzgar a Borge por aquellos delitos que fueron materia de la solicitud de extradición, la cual fue autorizada el 14 de diciembre de 2017 por el gobierno de Panamá, luego de su detención en aquel país, el cinco de junio de ese mismo año.
Los delitos entonces imputados fueron cuatro: Operaciones con recursos de procedencia ilícita o lavado de dinero (381/ 2017), del orden federal; peculado (159/2017), aprovechamiento ilícito del poder y desempeño irregular de la función pública (151/ 2017) y ejercicio indebido de la función pública (154) 2017), del fuero común.
Para imputarle nuevos delitos, estos debieron ocurrir luego de la extradición, pero si son anteriores a ésta se debe conseguir el consentimiento del gobierno de Panamá, lo que se conoce como consentimiento o excepción al principio de especialidad.
Con la notificación hecha por el gobierno panameño, el exgobernador de Quintana Roo podría ser juzgado por el delito de delincuencia organizada.
Dicha notificación fue hecha el pasado martes al abogado del exmandatario estatal, en Panamá, Carlos Carrillo, y, al propio Borge Angulo, por parte de funcionarios de las Cancillerías mexicana y panameña en el Centro Federal de Rehabilitación Psicosocial de Ayala, Morelos, en donde se encuentra interno desde 2018.
Desde Panamá, Carrillo adelantó que impugnarán la resolución dentro del plazo de 15 días que establece la ley.
En México, el abogado Karim de la Rosa calificó como “grave” lo sucedido, pues en los hechos constituye una probable violación al principio de especialidad, al conceder la excepción, sin que medie una orden judicial, es decir, una orden de aprehensión, lo cual es un requisito dentro del Tratado de Extradición entre ambos países.
“Panamá está concediendo el consentimiento, sin existir una orden de aprehensión, lo cual viola los derechos humanos de Borge, pues el requisito forma parte del Tratado de Extradición”, manifestó el abogado.
El delito de delincuencia organizada que se le quiere imputar a Borge trató de aplicársele el 29 de noviembre de 2019, por el Juez de Distrito Especializado en el Sistema Penal Acusatorio en el Estado de México, con residencia en Almoloya de Juárez (Altiplano).
Sin embargo, la Fiscalía General de la República (FGR) admitió que el nuevo ilícito ocurrió en Quintana Roo, es decir, fuer de su jurisdicción de la jurisdicción del juez que citó a Borge a audiencia.
La fiscalía también reconoció que la “orden de comparecencia” se emitió después de que el ex mandatario fuese extraditado y estando ya privado de la libertad. No obstante, justificó la ausencia de una orden de aprehensión dentro de ese nuevo procedimiento, argumentando que ésta se da solo cuando se requiere el apoyo de la fuerza pública para hacer comparecer a la persona investigada y, en este caso, no había necesidad al encontrarse ya interno, por lo que solo procedía la citación.
“México engañó a las autoridades panameñas. Con base en una orden de comparecencia pidieron incluir nuevos cargos en la extradición ya concedida cuando debe mediar una orden de aprehensión que nunca se giró”, dijo el abogado Karim de la Rosa.