CDMX.- Cinco jueces federales de la Ciudad de México declararon inconstitucional la prohibición de servir alimentos y bebidas a fumadores en todos los restaurantes y bares del país, decretada en diciembre por el Presidente Andrés Manuel López Obrador.
Los jueces cuarto, novena, décimo primero, décima segunda y décima tercera en Materia Administrativa resolvieron en las últimas dos semanas que el Ejecutivo incurrió en un exceso con la reforma al Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco (LGCT), que entró en vigor el 15 de enero, y que eliminó por completo las zonas para fumadores.
Lo anterior, porque la propia LGCT sigue permitiendo zonas para fumar en lugares de acceso al público, sujetas a ciertas reglas, por lo que al erradicarlas por completo, el Ejecutivo violó el principio de reserva de ley, por el cual los reglamentos no pueden imponer restricciones a derechos humanos no autorizadas por el Congreso.
“(La LGCT) en ninguna forma prohibió que en ellas (zonas de fumar) se presten servicios de venta y consumo de bebidas y alimentos, eliminando la posibilidad de ejercer el derecho fundamental al comercio en ellas”, afirmó la jueza Blanca Lobo, al amparar el pasado lunes al Hotel Jena.
“La quejosa deberá seguir observando en materia de espacios libres de humo y zonas exclusivas para fumar, las disposiciones reglamentarias, reformadas o derogadas, aplicables”, explicó la jueza Ana Luisa Priego en la sentencia favorable al restaurante Los Canarios, de Masaryk.