PLAYA DEL CARMEN.- El Consejo Coordinador Empresarial de la Riviera Maya (CCERM) efectuó una plática abierta al público sobre la Nueva Ley Nacional de Extinción de Dominio sus alcances y afectaciones con el fin de eliminar las malas prácticas de arrendamiento y evitar las simulaciones que se convirtieron en prácticas cotidianas en el sector inmobiliario.
El panelista el abogado Gustavo Salas Domínguez explicó que la Extinción de Dominio, es la pérdida de un bien, si éste fue utilizado para cometer o para ocultar la comisión de un delito que tenga que ver con el crimen organizado.
En ese sentido el presidente del Consejo Coordinador Empresarial de la Riviera Maya, Lenin Amaro Betancourt, indicó que la Nueva Ley Nacional de Extinción de Dominio ha levantado ámpula entre la sociedad, por eso destacó la importancia de conocer las reformas que se presentaron a la Ley y conocer los riesgos que se corren en perder el patrimonio de las personas que de buena fe arrendaron su propiedad, “es muy importante para los empresarios conocer esta Ley y a todos en general, ya que arrendan su domicilio, pero en particular a nosotros como organización, porque es nuestro patrimonio y nuestra inversión en la Riviera Maya”.
Amaro Betancourt exhortó al empresariado y a la sociedad en general a denunciar ante las autoridades competentes si se llega a detectar acciones fuera de lo común de los arrendatarios , ya que en caso de no hacerlo se está en riesgo de perder su patrimonio .
El especialista explicó que un juicio de Extinción de Dominio inicia por un delito que tenga que ver con el crimen organizado en sus diferentes modalidades, como: secuestro, delitos contra la salud, bandas organizadas para el robo de vehículos, trata de personas, etcétera. Delitos que para la sociedad son muy relevantes.
Explicó que las reformas hechas a la Ley Nacional de Extinción de Dominio tienen aplicabilidad en todas competencias federales y estatales, esta ley tiene como un antecedente una ley federal de Extinción de Dominio, está ley federal regía para los asuntos federales, y cada estado tenía sus leyes de Extinción de Dominio, resulta que la Suprema Corte, ya valido para la anterior ley esta misma cuestión.
“Sí el inmueble se utilizó para la comisión del delito, y el delito existe, y están los indicios de que el inmueble se utilizó para comisión del delito, no importa a quién, si no para que, eso es suficiente para que comience el procedimiento por el cual se juzgará si se ayudó o no a la comisión de delito, independiente a quién lo haya perpetrado”, agregó
En su intervención Lenin Amaro señaló que “estamos viviendo un proceso en que los empresarios y ciudadanos tenemos que eliminar la malas prácticas de arrendamiento y eliminar las simulaciones que se convirtieron en prácticas cotidianas en el arrendamiento, pero también debemos conocer los procesos de fiscalización, es así que demandamos transparencia en los usos de los recursos públicos en todos los niveles para recuperar la confianza de los contribuyentes”.