CDMX.- El narcotraficante Héctor Luis El Güero Palma Salazar fue ingresado esta mañana al penal de máxima seguridad del Altiplano, en el Estado de México, por elementos de la Fiscalía General de la República (FGR), revelaron funcionarios del gobierno federal. Hasta el momento no se ha dado conocer por qué delito fue acusado ahora por el Ministerio Público Federal.
La noticia también fue confirmada a MILENIO por José Gabriel Martín Hernández Rodríguez, abogado de Héctor Luis Palma Salazar, pero señaló que desconocía los detalles de la acusación.
El Güero Palma permanecía arraigado desde mayo pasado en el Centro Nacional de Arraigos en la Ciudad de México, porque la Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delincuencia Organizada (Seido), de la FGR, solicitó la medida cautelar para reunir elementos para determinar si solicitaba su detención por presuntos delitos contra la salud y delincuencia organizada.
La FGR detalló hace un par de meses que derivado de una indagatoria integrada en la Unidad Especializada en Investigación de Delitos Contra la Salud, de la Seido, el Ministerio Público Federal emitió un acuerdo de detención por caso urgente, “al existir riesgo fundado de que el indiciado podría sustraerse de la acción de la justicia”.
El acuerdo fue cumplimentado por elementos de la Policía Federal Ministerial (PFM), al momento que El Güero Palma se disponía a abandonar el penal de máxima seguridad de El Altiplano, tras ser notificado de una sentencia absolutoria que obtuvo, al no comprobarse su responsabilidad en el delito de delincuencia organizada.
El narcotraficante fue exonerado por Víctor Francisco Chávez Romero, secretario del juzgado Segundo de Distrito de Procesos Penales Federales en el estado de Jalisco en funciones de juez, ya que no le dio validez a las declaraciones que realizaron testigos protegidos que lo vinculaban con el organizado. Las declaraciones que recabó la FGR forman parte de otras averiguaciones previas.
“Las supuestas declaraciones de los testigos colaboradores que aparecen en dichas pruebas documentales, no es dable otorgarles valorar indiciario, por sus inconsistencias y mucho menos como testimoniales, ya que se obtuvieron dentro de distintas averiguaciones previas, por lo que no fueron desahogadas en la indagatoria que originó este proceso, tampoco fueron ratificados en la averiguación previa génesis del sumario y mucho menos ante el órgano jurisdiccional del conocimiento”, detalla la sentencia.