CHETUMAL.- En sesión pública, el Pleno del Tribunal Electoral de Quintana Roo (TEQROO) declaró por unanimidad de votos la inexistencia de las conductas denunciadas por el Partido de la Revolución Democrática, en contra de la gobernadora del estado, María Elena Lezama Espinosa, así como diversos medios de comunicación.
La determinación fue tomada al resolver el Procedimiento Especial Sancionador PES/099/2024, que presentó el PRD en contra de la mandataria estatal y de varios medios de comunicación, por la presunta violación al artículo 41, párrafo segundo, base III, apartado C, párrafo segundo, de la Constitución Política Federal, ya que la conducta denunciada por el PRD, supuestamente violaba la restricción a la difusión en medios de comunicación social de toda propaganda gubernamental durante las campañas electorales.
Al respecto, de acuerdo al proyecto de resolución presentado por la magistrada Claudia Carrillo Gasca y del análisis a las probanzas que obran en autos no fue posible concluir que se esté ante la presencia de propaganda gubernamental, toda vez que se advirtió que se está ante la presencia de un ejercicio de comunicación informativa, ya que se trata de notas publicadas por medios de comunicación, los cuales se encuentran amparados por el derecho a la libertad de expresión y la libre manifestación de ideas consagrado en el artículo 6 de la Constitución Política Federal.
Además, en las publicaciones realizadas en el perfil de Facebook de la gobernadora, no se desprenden elementos que hagan presumible una sobreexposición de la misma, puesto que en ellas se advirtió que se informa sobre las actividades que realiza, con motivo del cargo que ostenta. Aunado a que las publicaciones denunciadas no contienen expresiones de llamamiento al voto a favor o en contra de alguna candidatura o solicitud de apoyo para contender a un cargo de elección.
Asimismo, se atendió el Procedimiento Especial Sancionador PES/097/2024, promovido por el representante del Partido Movimiento Ciudadano ante el Consejo Distrital 12, en contra del Partido Verde Ecologista de México, por la presunta comisión de posibles infracciones derivadas del uso de agrupaciones políticas no registradas, violando lo dispuesto en la Comisión de Irregularidades y el incumplimiento al principio de imparcialidad en la contienda electoral.
En este caso, el Pleno por unanimidad de votos declaró la inexistencia de las conductas denunciadas en contra del PVEM, ya que los argumentos expuestos por el partido actor son meras manifestaciones y afirmaciones genéricas y subjetivas sin fundamento alguno.